lunes, 27 de junio de 2011

Panorama interior: Sobre la libertad de los monumentos (fragmento de un discurso académico)

...un palacio cerrado es otra oportunidad perdida. Una escultura colosal escondida en la profundidad del mar es una esperanza. Un yacimiento arqueológico oculto, un reto para la ciencia. Cada parcela patrimonial cumple una función distinta y los monumentos, por su habitual convivencia con la ciudad, son una riqueza colectiva que debe cumplir una indispensable función social. Su contemplación, transmisión y su disfrute es un imperativo moral, además de una previsión legal que alcanza rango constitucional.
Ha sido la legislación protectora de los bienes culturales la más avanzada en su compromiso social. Capaz de crear el concepto más antagónico de la propiedad privada a través de la declaración de bienes materiales como Patrimonio de la Humanidad o de establecer fórmulas reales de valor incalculable o de práctica incomerciabilidad.
El origen de esta percepción quizá se encuentra en el famoso Informe suscrito en 1903 por el historiador del arte Alois Riegl en la Viena imperial para mejora de la protección legal  de los monumentos públicos de Austria y que se conoce en la historiografía actual como El culto moderno a los monumentos, su carácter y sus orígenes. Es evidente que este prodigioso documento marca un trascendental cambio de tendencia en la percepción de los monumentos públicos y en toda la cultura europea. El documento de Riegl es multidisciplinar -él mismo contaba con cierta formación jurídica- y considera especialmente necesaria, entre otras consideraciones acerca de los distintos valores que guardan estos bienes culturales, una ley protectora que los tutelara adecuadamente.
El gran historiador de Linz es consciente del cambio que opera en su tiempo la percepción de lo antiguo y nos recuerda que cada ciudadano siente la ofensa a aquellos monumentos que asume como propios con un gran dolor, tanto como el desprecio de los principios religiosos y de los símbolos de fe para un creyente. El gran hallazgo de Riegl es descubrir que el culto a los monumentos procura un estado de ánimo liberador para cada sujeto ya que su disfrute pacífico constituye una forma de desarrollo personal y social porque se viven como una necesidad natural del placer. Sus trabajos anuncian, en definitiva, que la libertad de los monumentos es también una forma de libertad para los ciudadanos...

Lectura del Discurso de Ingreso en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
Granada, 28 de junio de 2011 a las 20.00 horas.